Ultima actualización: 31/01/20
A partir del 16 de enero sólo es válido emitir este documento tributario en formato digital, según lo ha informado el Servicio de Impuestos Internos, a propósito de lo estipulado en la Ley 21.131 conocida como el "Pago a treinta días".
Es un documento tributario el cual se debe emitir de forma obligatoria cuando no se emite una factura electrónica, este servirá para poder trasladar los productos que luego se facturarán.
Si quieres conocer las causales de excepción y requieres mayor información sobre esta normativa, puedes consultar directamente en el sitio web del SII.
Sin documento previo
Puedes emitir el documento desde cero, al agregar la información correspondiente o importar los datos desde excel.
Revisa el paso a paso.
Desde un documento existente
Puedes emitirlas a partir de un documento generado anteriormente tales como una boleta, factura, nota de venta, cotización, etc.
Revisa el paso a paso.
¿Qué te parece esta nueva medida?
¿Crees que será bueno para tu negocio?
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Carlos Unda